Aunque también ya dicho, reiteraré que al afirmar esto no intento invadir el ámbito de la conciencia de las personas, en el que carezco de toda competencia; sino que me mantengo en el plano de las ideas y las cosas. En éste, con sólo lo anterior, basta para proclamar la invalidez del celibato. Pero como, al parecer, tiene consecuencias poco “aceptables” socio-eclesialmente, no será superfluo tratar el asunto con el detenimiento que permite la brevedad de estas líneas.
Nadie niega, desde hace ya mucho, la temporalidad y derogabilidad de esta ley. Hoy sólo se discute sobre si es oportuno o no abrogarla. Es evidencia de la convicción general que existe de su derogabilidad; que si no, carecería de base y de sentido tal debate. Y ésta es la misma convicción que refleja el propio decreto Presbyterorum Ordinis al (...)